RECURSOS
Resolución No 52 de 27 mayo de 2025, Por la cual se acepta un desistimiento de un recurso de reposición, interpuesto por el señor DIEGO ARMANDO CORAL ARTEAGA identificado con cédula de ciudadanía No. 1128467044.
CONSTANCIA RECURSO DE REPOSICION EN SUBSIDIO DE APELACIÓN -El señor DIEGO ARMANDO CORAL ARTEAGA, identificado con cédula de ciudadanía N° 1128467044, presento recurso de Reposición contra la resolución N° 132 de 2025 fechada a 16 de mayo de 2025 denominada “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECRETA UN DESISTIMIENTO TÁCITO Y EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE”.
CONSTANCIA RECURSO DE REPOSICION EN SUBSIDIO DE APELACIÓN, en contra de la inscripción de documentos realizada por la Cámara de Comercio de Ipiales bajo el número RE51-15307-01 de fecha 12 de agosto de 2024, correspondiente al nombramiento del gerente de la entidad denominada «ADMINISTRACIÓN PÚBLICA COOPERATIVA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE CÓRDOBA AGUAS DE SAN FRANCISCO»
Resolución No. 34 del 23 de julio de 2024 por la cual se resuelve un recurso de reposición y en subsidio de apelación, interpuesto por el señor Carlos Efraín Merino Díaz en contra de TAXIS LA FRONTERA S.A.
Resolución N 30 de 2024 por la cual se admite para dar trámite a un recurso de reposición en subsidio de apelación.
Que mediante escrito de fecha 6 de Junio de 2024, recibido en ésta entidad el 6 de Junio de 2024 bajo el radicado No. CCIE24-1880*, el señor CARLOS EFRAIN MERINO DIAZ, identificado con C.C: NO. 12.958.674, expedida en Pasto, Nariño, en calidad de accionista de la entidad «TAXIS LA FRONTERA S.A.», con NIT 8912017873 presentó RECURSO DE REPOSICION EN SUBSIDIO DE APELACIÓN, en contra del registro del acta de asamblea general de accionistas (segunda convocatoria) misma que se registró en Cámara de Comercio Ipiales bajo el número 15349 del libro IX del registro mercantil el 22 de mayo de 2024.
Recurso de reposición y en subsidio de apelación, interpuesto por el señor Carlos Efraín Merino Díaz en contra de TAXIS LA FRONTERA S.A.
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA COOPERATIVA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE CÓRDOBA «AGUAS DE SAN FRANCISCO». 900296259-5.
Resolución No. 29 de 2024 (06 de junio) por la cual se resuelve un recurso de reposición.
Que mediante escrito del mes de abril de 2024, recibido en ésta entidad el 11 de abril de 2024 bajo el radicado No. CCIE24-1226, el señor EULER VIRGILIO MORÁN HERNÁNDEZ, identificado con C.C: NO. 13.073.833, expedida en Córdoba, Nariño, en calidad de representante legal de la entidad «ADMINISTRACIÓN PÚBLICA COOPERATIVA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE CÓRDOBA «AGUAS DE SAN FRANCISCO», con NIT 900296259-5 presentó RECURSO DE REPOSICION EN SUBSIDIO DE APELACIÓN, en contra de la Resolución 111 del 26 de marzo de 2024, por medio del cual se decretó el desistimiento tácito y archivo del expediente referente al trámite con código de barras No. 10077091 del 13 de febrero de 2024, correspondiente al Acta No. 001, de la Reunión Ordinaria, fechada a 2 de febrero del 2024.
La Directora Jurídica y de Registro Público de la Cámara de Comercio de Ipiales , Por resolución No. 29 de 2024 ( 6 de junio) se resuelve un recurso de reposición interpuesto por el señor EULER VIRGILIO MORÁN HERNÁNDEZ, identificado con C.C: NO. 13.073.833, expedida en Córdoba, Nariño, en calidad de representante legal de la entidad «ADMINISTRACIÓN PÚBLICA COOPERATIVA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE CÓRDOBA «AGUAS DE SAN FRANCISCO», con NIT 900296259-5
Recurso de reposición y en subsidio apelación interpuesto por el señor EULER VIRGILIO MORÁN HERNÁNDEZ
Recurso de reposicion y en subsidio apelacion - Res 111TAXIS LA FRONTERA SA IDENTIFICADA CON NIT. 891201787-3.
POR DOCUMENTO PRIVADO NÚMERO N/A DEL 17 DE JUNIO DE 2019 DE LA ACCIONISTA Y REPRESENTANTE LEGAL,REGISTRADO EN ESTA CÁMARA DE COMERCIO BAJO EL NÚMERO 11139 DEL LIBRO IX DEL REGISTRO MERCANTIL EL 19 DE JUNIO DE 2019, SE DECRETÓ : RECURSO DE REPOSICIÓN Y EN SUBSIDIO DE APELACIÓN, EN EL EFECTO SUSPENSIVO, EN CONTRA DE LOS ACTOS DE REGISTRO DEL ACTA NO. 047 DE JUNIO 03 DE 2019 DE LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA EMPRESA TAXIS LA FRONTERA S.A. BAJO LOS NOS.11103, 11104 Y 11105 DEL LIBRO IX DEL REGISTRO MERCANTIL DEL 06 DE JUNIO DE 2019.